Por Karen Pamela Seminario Apari | 2 de julio de 2026
Desde el periodo legislativo 2026-2031, Perú tendrá nuevamente un Congreso bicameral formado por una Cámara de Diputados y un Senado. El objetivo de la nueva estructura es mejorar el proceso de creación de leyes y fortalecer la representación política.
Después de más de treinta años, el país se alista para la vuelta a la bicameralidad tras la finalización de las elecciones generales de 2026. El nuevo Congreso tendrá dos cámaras con roles distintos: la Cámara de Diputados, que se ocupará de la representación territorial y la propuesta de leyes, y el Senado, que tendrá como funciones revisar y supervisar las normas aprobadas.
¿Cómo estará conformado el nuevo Congreso?
La reforma constitucional determina que el Congreso de la República constará de dos cámaras:
Cámara de Diputados: 130 representantes.
Senado: 60 integrantes.
¿Qué funciones tendrán los diputados y senadores?
La Cámara de Diputados tendrá la responsabilidad de introducir y discutir propuestas de ley, así como desempeñar funciones de vigilancia política y representación territorial. Mientras tanto, el Senado tendrá la tarea de examinar las propuestas que los diputados hayan aprobado, involucrarse en reformas constitucionales y llevar a cabo funciones específicas de ratificación y supervisión.
Con el comienzo del periodo legislativo 2026-2031, se pondrá en marcha la nueva estructura parlamentaria y comenzará una etapa diferente en la organización política de la nación.

El regreso de la bicameralidad al Perú
La reciente configuración del Congreso indica que la bicameralidad ha vuelto al sistema político de Perú, un modelo que no había estado presente desde que la Constitución de 1993 entró en vigor. La reforma tiene como objetivo robustecer el debate legislativo a través de la creación de dos cámaras con roles distintos: una se ocupa de la iniciativa y aprobación de leyes, mientras que la otra se encarga de revisarlas y supervisarlas.
Los expertos piensan que el nuevo sistema posibilitará una mejor estabilidad política y una segunda instancia de deliberación para las regulaciones que sean ratificadas por el Parlamento.

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